DAÑOS EDIFICIO

Al construirse un nuevo edificio suele ocurrir que los edificios colindantes sufren daños derivados de la excavación, las vibraciones o las obras en general del nuevo edificio. El plazo para reclamar es de un año desde que los daños se han estabilizado pero conviene actuar cuanto antes para que luego no se discuta cuando se han dejado de producir los daños o sea difícil demostrar la causa de los daños o quien es el reponsable (promotor, contratista, arquitecto, aparejador o subcontratista). Si bien durante la obra el propietario afectado recibe unas buenas intenciones de los responsables de la obra, deben prepararse todos elementos necesarios para fundamentar una posible reclamación si con posterioridad a la finalización de la obra no se cumplen las expectativas de reparación de los daños.

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