Uso de la Vivienda Familiar tras divorcio
Recientemente el Pleno de la Sala de lo Civil Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en virtud de la cual declara que en el caso de que se introduza un tercero (pareja del beneficiario del derecho) en el uso de la vivienda familiar atribuido al progenitor que tiene la guarda y custodia de los menores, el derecho de uso de la vivienda reconocido en la Sentencia de divorcio, se extingue en el momento de la liquidación de los gananciales. El motivo es que el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar pero la introducción de un tercero supone que la familia es distinta y diferente a la que estaba antes de la ruptura por lo que pierde su naturaleza de vivienda familiar y se extingue el derecho en el momento de la liquidación de los gananciales
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