Las personas que dentro de sus actividades económicas como autónomos se encuentren en situación de insolvencia, o que prevea que no podrá
cumplir con los pagos que deben afrontar, podrán pedir a sus acreedores llegar a un acuerdo de pagos sin necesidad de acudir al juzgado. Será requisito para acogerse a esta posibilidad que las deudas no
superen los cinco millones de euros.
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